Tratamiento del IVA soportado de los activos fijos 

Objetivo

Este proceso lleva a cabo la revisión del IVA soportado de los costes de activos fijos afectados por la capitalización y que se han contabilizado en las posiciones de rectificación de la estructura del ejercicio de opción del IVA soportado.

Conforme a esto, deberá adaptar el IVA soportado para terrenos y edificios cuando se cambia la tasa de opción. En este caso, el período de rectificación es un máximo de diez años.

Las posiciones de rectificación registran las modificaciones en la posición de rectificación del período de rectificación.

Condiciones previas

Parametrizaciones del Customizing

Flujo de procesos

  1. Asignación a la contabilidad de activos fijos

Los objetos inmuebles se asignan a la contabilidad de activos fijos introduciendo el número de la unidad económica correspondiente como supranúmero de activo fijo.

Asimismo, pueden asignarse los activos fijos asociados a la unidad económica en los datos maestros del terreno y edificios, lo que simplifica la asignación de las unidades de alquiler de este objeto a la posición de rectificación.

  1. Creación de posiciones de rectificación

Debe crearse una posición de rectificación para poder llevar a cabo el tratamiento del IVA soportado de los activos fijos.

  1. Deben definirse las normas de desglose del IVA soportado deducible y no deducible en el formulario sobre registros de opción o su clase de cálculo en las posiciones de rectificación.

Clase de cálculo manual

Clase de cálculo automática

En este caso, las tasas de opción deben introducirse manualmente.

Debe implementarse la determinación automática de la tasa de opción para fijar los tipos combinados durante toda la fase de rectificación del IVA soportado.

En este caso, se debe iniciar el cálculo automático de las tasas de opción.

  1. Desglose del IVA soportado

Para determinar el IVA deducible mediante la tasa de opción, debe realizarse cada mes el desglose automático del IVA soportado.

  1. Procesamiento del IVA soportado

Para que, en los períodos correspondientes, puedan llevarse a cabo las contabilizaciones de rectificación legalmente necesarias para el desglose del IVA soportado, éste debe procesarse mensualmente.

Resultado

El sistema ha calculado la parte deducible y no deducible del IVA soportado mediante la tasa de opción según las fases de tratamiento del IVA soportado, y la ha contabilizado en las cuentas definidas en el Customizing de Bienes inmuebles.

La carga fiscal se puede calcular e imprimir para ciertos períodos, mediante la declaración de IVA (función F1).