Contabilización de la utilización de un efecto en cartera 

Supongamos que se traslada el efecto en cartera al banco para el descuento. El importe del efecto se ingresa en el banco y se muestra en el extracto de cuenta. Con un período de vencimiento de 90 días y un tipo de descuento del 7 %, el banco carga un descuento de 199,50 USD. El banco también le grava gastos de 5,00 USD, que se añaden a los gastos de descuento, sumando un total de 204,50 USD.

De este ejemplo resultan las siguientes entradas:

  1. Se contabilizará la entrada de pagos efectuada en la cuenta bancaria. El banco ingresa en cuenta solamente 11.178,40 USD (11.400 USD menos los gastos del efecto). En cuanto se introduce la entrada de pagos, el sistema contabiliza los gastos bancarios en las cuentas de gastos correspondientes.
  2. El sistema contabiliza automáticamente una contrapartida en la cuenta bancaria de compensación. Esta contrapartida registra el efecto a pagar (obligación de garantía) en el banco. Si el deudor no paga el efecto al vencimiento del mismo, se ejecuta esta obligación de garantía y se debe pagar el importe del efecto comercial.

Anulación del efecto a pagar

Una vez vencido el efecto el 13 de septiembre y transcurrido el plazo de protesto específico del país, ya no es posible protestar el efecto y se le libera de la obligación potencial. Ya puede compensar el efecto a pagar potencial en su cuenta bancaria de compensación y el efecto en cartera en la cuenta de deudor. Al anular el efecto a pagar potencial, el sistema contabiliza automáticamente en la cuenta de mayor especial "Efectos en cartera" y compensa allí el efecto en cartera.

De este ejemplo resultan las siguientes entradas:

  1. Se selecciona el efecto comercial, la fecha del cual ha caducado, (incluyendo todos los plazos de protesto). El sistema crea una contabilización de anulación para la cuenta transitoria bancaria y la cuenta de deudor; y compensa los efectos a pagar de las dos cuentas.
  2. El sistema también contabiliza en el Haber por el importe del efecto en la cuenta de deudor y en la cuenta de mayor especial "Efectos en cartera".

Véase también:

Contabilización de la utilización de efectos: Necesidades