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Procedimiento Definición de datos de pago globales Localizar documento en árbol de navegación

Utilización

Si se generan flujos de pago al ejercer un derecho, deben introducirse los datos de pago (banco propio y cuenta del banco propio) para este pago.

Se recomienda utilizar el banco propio y los valores de cuenta del banco propio de los datos maestros de depósito.

Si se desea utilizar un procedimiento de pago diferente al definido en los datos maestros de depósito, pueden sobrescribirse los valores de propuesta de los datos maestros para el depósito.

Si no se ha efectuado ninguna entrada para el banco propio/cuenta del banco propio en los datos maestros de depósito, deben introducirse los datos de pago manualmente.

En la función Ejercer derechos de valor aparecen dos maneras de introducir datos de pago:

  1. Se puede definir datos de pago globales que se refieren a todos los depósitos
  2. O bien se pueden definir los datos de pago a nivel de depósito utilizando la función Tratar movimientos post.

Nota

Si se definen los datos de pago de manera global, a continuación se podrán sobrescribir a nivel de depósito. En otras palabras, si lo que se desea realmente es que los datos de pago adicionales sean válidos para un depósito, estas entradas se podrán crear utilizando la función Tratar movimientos post. Véase: Definición de datos de pago por depósito

El procedimiento que figura a continuación describe la manera de definir datos de pago globales.

Condiciones previas

Se deberá haber definido los datos maestros para el banco propio en el área Funciones básicas seleccionando Datos maestros ® Bancos propios.

Procedimiento

  1. Vaya a la pantalla inicial para ejercer derechos de valor y llame el derecho de valor para el que desea definir datos de pago globales.
  2. Seleccione Este gráfico es explicado en el texto respectivo (Datos de pago...). Aparecerá la pantalla Datos de pago.
  3. Seleccione el Banco propio y la Cuenta del banco propio.
  4. Seleccione Copiar.

Resultado

Se han definido datos de pago globales válidos para todos los depósitos implicados al ejercer el derecho con la condición de que no se realice modificación alguna en depósitos individuales en una fecha posterior.

 

 

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