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Impuesto de timbre 
Impuesto que se recauda en cada documento (p. ej., contrato o factura) que se refiere a un importe no afectado por impuestos sobre el volumen de negocios.
El importe total sin impuesto sobre el volumen de negocios tiene que exceder los 77,47 EUR (a partir del 1 de enero de 2002). El impuesto de timbre es de 1,29 EUR (a partir del 1 de enero de 2002). Puede cambiar estos dos importes en el Customizing.
El importe del impuesto se visualiza por separado en el documento (con referencia a la ley fiscal).
Excepciones
Asociaciones de propietarios de viviendas (APV): El documento que el administrador manda a los propietarios de vivienda en propiedad no tiene impuesto sobre el volumen de negocios, pero no está sujeto al impuesto de timbre.
Vía de pago: Cuando se utiliza un pago automático, no se aplica el impuesto de timbre.
Customizing
Realice sus parametrizaciones en el Customizing mediante:
Customizing de R/3, Guía de implementación ® Bienes inmuebles ® Información específica de país ® Italia ® Impuesto de timbre ® Parámetros del impuesto de timbre
Aplicación
Si se cumplen las condiciones previas, el sistema crea una nueva posición de flujo financiero con una nueva clase de movimiento para cada objeto. Se generan dinámicamente dentro de las contabilizaciones periódicas.
El impuesto de timbre se incluye automáticamente en las contabilizaciones periódicas para el contrato de alquiler o el contrato general (no con liquidación de gastos adicionales o imputación del volumen de negocios). No existen otras actividades en la solicitud.