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En el sistema, a los cheques-letra de la contabilidad de deudores se les denomina efectos comerciales de anulación. Durante este procedimiento, el deudor paga una factura enviando un cheque y un efecto comercial de anulación en el que el acreedor figurará como librador. Al mismo tiempo, su deudor le envía un cheque-letra. Se le introduce como el librador del efecto.
Contabiliza el cheque en la cuenta de cheques recibidos y compensa el crédito. Contabilice también el efecto comercial en la cuenta de deudor, dado que ahora existe un efecto en cartera contra su deudor. El sistema crea la contrapartida en una cuenta de compensación y la contabiliza automáticamente en la cuenta de mayor especial "Crédito eventual de cheques-letra". El efecto a pagar que puede crearse si se protestan los efectos se muestra en la cuenta de mayor especial.
Una vez transcurrido el vencimiento, incluido el plazo para el protesto de efectos específico de cualquier país, cancele el efecto en cartera y el efecto a pagar. Para ello, seleccione el efecto de la cuenta de mayor especial. El sistema realiza las contabilizaciones en la cuenta de deudor y en la cuenta de compensación.
Véase también:
Contabilización de un cheque-letra en Deudores Cancelación de efectos a pagar de un cheque-letra en Deudores Requisitos para la contabilización de un cheque-letra en Deudores Especificaciones para contabilizar efectosIntroducción y contabilización de un cheque-letra en Deudores Anulación de efectos a pagar de un cheque-letra en Deudores Visualización de cheques-letra en Deudores Modificación de un cheque-letra en Deudores