En Italia, se aplica una norma especial a la presentación de impuestos sobre el volumen de negocios para mercancías vendidas a instituciones públicas tales como universidades, hospitales o departamentos gubernamentales. En tales casos, si no se espera el pago en el futuro cercano, se puede retener el pago del importe del impuesto sobre el volumen de negocios hasta que se pague la factura. En consecuencia, las autoridades fiscales conceden un período de tiempo adicional durante el cual se exime del cargo de impuestos sobre las ventas realizadas a instituciones públicas.
El Sistema R/3 contiene el programa RFUMSV25 para la contabilización de impuestos diferidos. Este programa se ejecuta normalmente cada semana y transfiere el importe del impuesto sobre el volumen de negocio de una factura de la cuenta "Impuesto diferido" a la cuenta de IVA repercutido habitual.
Puesto que las facturas correspondientes a dichas ventas permanecen impagadas durante un largo período de tiempo, es posible que el tipo impositivo experimente cambios durante este período. En este caso, debería usarse el programa RFUMSV35, el cual abona al deudor la diferencia de la factura y crea una carta para el deudor. El formulario de esta carta es el F_RFUMSV35_10. Se puede modificar de acuerdo con sus necesidades. Debe asignarse el formulario al programa.