Proceso de entrada en la aduana de EE.UU. 

Objetivo

Cuando la mercancía extranjera llega a los Estados Unidos, tiene lugar el siguiente proceso de entrada:

  1. El importador de registro (propietario, comprador o agente de aduanas) presenta documentos de entrada en el puerto de entrada. Las mercancías importadas no se introducen legalmente hasta que el envío haya llegado al puerto de entrada, la administración de aduanas haya autorizado la entrega de la mercancías y se hayan pagado los derechos de aduana estimados. El importador de registro debe concertar el reconocimiento y liberación de las mercancías.
  2. Las mercancías se pueden introducir para el consumo, introducirse para almacén en el puerto de entrada o transportar en depósito a otro puerto de entrada e introducirse ahí bajo las mismas condiciones que en el puerto de llegada.

  3. A menos que se conceda un aplazamiento, debe presentar los documentos de entrada en cinco días laborables a partir de la fecha de llegada de un envío a un puerto de entrada estadounidense. Estos documentos incluyen:

Si las mercancías se deben liberar de la custodia aduanera basándose en documentos de entrada, se debe rellenar un resumen de entrada para el consumo y depositar los derechos estimados de aduana en el puerto de entrada en 10 días laborables a partir del momento en que se introducen y liberan las mercancías.

  1. Debe presentar un certificado conforme se contabiliza un bono con la administración de aduanas para cubrir cualquier potencial derecho de aduana, impuesto y penalización que pueda surgir.
  1. Si no tiene lugar ninguna violación regulatoria o legal, se libera el envío. Debe presentar la documentación de entrada recapitulativa (el formulario 7501 y otras facturas y documentos necesarios para evaluar los derechos de aduana) y pagar los derechos estimados de aduana en 10 días laborables a partir de la liberación de la mercancía en la aduana designada.

Liberación inmediata

Bajo algunas circunstancias, puede concertar antes de la llegada la liberación inmediata de un envío utilizando el formulario 3461 (permiso especial para la entrega inmediata). La liberación inmediata con el formulario 3461 es válida para

Existen restricciones para cada una de estas posiciones, por lo tanto, para obtener más información deberá dirigirse al puesto de aduanas.

Liberación postergada

Si quiere postergar la liberación de las mercancías, se pueden dejar en un almacén de depósito bajo una entrada de almacén. Tales mercancías pueden permanecer en el almacén de depósito hasta cinco años a partir de la fecha de importación. Las mercancías de un almacén de depósito pueden volver a exportarse sin tener que pagar derechos de aduana o bien pueden retirarse para el consumo tras pagar los impuestos que se deben.

Puede encontrar información sobre almacenes de depósito de fabricación en la sección 311 del decreto arancelario (19 U.S.C. 1311).